SOMOS NOTICIAS DE DERECHO Y LES ENVIAMOS UN CORDIAL SALUDO A TODOS.
NOTICIAS HOY 04/12/2014
AVANZAN CON PROPUESTAS PARA EL NUEVO CÓDIGO PENAL
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AVANZAN CON PROPUESTAS PARA EL NUEVO CÓDIGO PENAL
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El titular de este grupo legislativo, Juan Carlos Eguren, explicó que, tras la incorporación de los referidos textos sustitutorios, la iniciativa legislativa queda lista para el debate en su comisión.
Así, el texto sustitutorio incorporado en el artículo 12, sobre edad mínima de responsabilidad penal, señala que los menores de 18 años de edad responderán según la ley de la materia en los delitos de homicidio simple o calificado, parricidio, feminicidio, trata de personas, violación sexual, violación de persona en incapacidad de resistir, etc.
Sobre la responsabilidad autónoma de las personas jurídicas, fijado en el artículo 122, se indica que son responsables del delito previsto del artículo 575 los que en su nombre o por cuenta de ellas y en su beneficio directo o indirecto realicen sus administradores de hecho o de derecho, representantes legales y órganos colegiados, siempre que actúen en el ejercicio de funciones propias de su cargo.
SI DESEAS FORMAR PARTE Y REALIZAR PUBLICACIONES REPRESENTANDO A TU PAÍS, ESCRÍBENOS ENVIANDO INFORMACIÓN PERTINENTE, TU DATOS DE IDENTIFICACIÓN; Y LUEGO DE UNA EVALUACIÓN PODRÍAS SER SELECCIONADO PARA FORMAR PARTE DE NUESTRO GRUPO JURÍDICO DE NOTICIAS Y ASESORÍA LEGAL. NOS DESPEDIMOS CON UN FUERTE ABRAZO A TODOS.
Así, el texto sustitutorio incorporado en el artículo 12, sobre edad mínima de responsabilidad penal, señala que los menores de 18 años de edad responderán según la ley de la materia en los delitos de homicidio simple o calificado, parricidio, feminicidio, trata de personas, violación sexual, violación de persona en incapacidad de resistir, etc.
Sobre la responsabilidad autónoma de las personas jurídicas, fijado en el artículo 122, se indica que son responsables del delito previsto del artículo 575 los que en su nombre o por cuenta de ellas y en su beneficio directo o indirecto realicen sus administradores de hecho o de derecho, representantes legales y órganos colegiados, siempre que actúen en el ejercicio de funciones propias de su cargo.
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