NOTICIAS DE DERECHO

jueves, 25 de diciembre de 2014

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL EMITE RES. ADM. N° 371-2014-CE-PJ, "JUECES DE OFICIO PODRÁN DECLARAR REBELDE AL DEMANDADO".

SOMOS NOTICIAS DE DERECHO Y LES ENVIAMOS UN CORDIAL SALUDO A TODOS.

NOTICIAS HOY 25/12/2014 

Ello en virtud de la recomendación formulada con el propósito de brindar a los justiciables una impartición de justicia oportuna, efectiva y con calidad.
Para tal efecto, este órgano de gobierno de la judicatura dispuso, mediante la misma resolución, que la gerencia general del citado poder del Estado incorpore en el sistema integrado judicial un servicio de alerta por el cual, tanto el juez como el personal jurisdiccional, tomen conocimiento oportuno de que ha transcurrido el plazo legal respectivo para que el demandado conteste la demanda.
Los  JUECES CIVILES, DE FAMILIA, LABORALES, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS, COMERCIALES, CONSTITUCIONALES, MIXTOS Y DE PAZ LETRADOS, cuando corresponda, podrán dictar de oficio los autos que declaren rebelde al demandado que no contestó la demanda en el plazo establecido por la norma procesal
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