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lunes, 20 de abril de 2015

COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE TRÁNSITO

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NOTICIAS HOY 20/04/2015

Los primeros juzgados de tránsito y seguridad vial fueron creados en la Corte Superior de Lima, convirtiéndose el 59 Juzgado Especializado en lo Penal y el 13 Juzgado Especializado en lo Civil del distrito judicial de Lima en el primer y segundo juzgado de tránsito y seguridad vial de Lima, respectivamente. Asimismo, el segundo y quinto juzgado de paz letrado del Cercado de Lima se convirtieron en juzgados de paz letrado de tránsito y seguridad vial.
Los juzgados de tránsito y seguridad vial tienen competencia para conocer las pretensiones sobre responsabilidad civil por tránsito vehicular que conforme al territorio y grado correspondan a los juzgados especializados y cuya cuantía supere las 500 unidades de referencia procesal (URP); siendo el valor de cada URP equivalente a 380 nuevos soles, lo cual es el 10% de una unidad impositiva tributaria (UIT).
En materia penal los juzgados de tránsito y seguridad vial conocen casos sobre delitos vinculados al tránsito vehicular. Sin embargo, en el caso de un concurso de delitos no relacionados con el tránsito vehicular, si estos fueran más graves que los delitos materia de competencia de los juzgados de tránsito y seguridad vial, entonces, se remitirá el respectivo expediente al juzgado especializado en lo penal competente.
En materia contencioso administrativa, los juzgados de tránsito y seguridad vial conocen impugnaciones judiciales de silencios o actos administrativos como las sanciones por infracción al Reglamento Nacional de Tránsito y las decisiones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuestas a las asociaciones de fondos contra accidentes de tránsito (Afocat) de Lima y Callao, y a las compañías de seguros, referidas a responsabilidad por accidentes de tránsito.
También resuelven apelaciones en asuntos que ven los juzgados de paz letrado de tránsito y seguridad vial.
Los juzgados de tránsito y seguridad vial de la Corte Superior de Lima tienen jurisdicción en la provincia de Lima, con excepción de los distritos de competencia de las cortes superiores de Lima Sur, Lima Norte y Lima Este.

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