NOTICIAS DE DERECHO

jueves, 26 de marzo de 2015

PUBLICAN LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2013 Y 2014 DEL CÓDIGO CIVIL

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NOTICIAS HOY 26/03/2015


El día de hoy se ha publicado la Ley Nº 30313 que modifica los artículos 2013 y 2014 del Código Civil y disposiciones del Decreto Legislativo del Notariado (D.L. N° 1049) en aras de prevenir y anular las acciones fraudulentas que afectan la seguridad jurídica.
La Ley en mención, establece disposiciones vinculadas a la oposición en el procedimiento de inscripción registral en trámite y la cancelación del asiento registral por suplantación de identidad o falsificación de los documentos presentados a los registros administrados por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Así, en lo que respecta al Código Civil, el texto final de las disposiciones modificadas son los siguientes:

“Artículo 2013. Principio de legitimación
El contenido del asiento registral se presume cierto y produce todos sus efectos, mientras no se rectifique por las instancias registrales o se declare su invalidez por el órgano judicial o arbitral mediante resolución o laudo firme.
El asiento registral debe ser cancelado en sede administrativa cuando se acredite la suplantación de identidad o falsedad documentaria y los supuestos así establecidos con arreglo a las disposiciones vigentes.
La inscripción no convalida los actos que sean nulos o anulables con arreglo a las disposiciones vigentes”.

“Artículo 2014. Principio de buena fe pública registral
El tercero que de buena fe adquiere a título oneroso algún derecho de persona que en el registro aparece con facultades para otorgarlo, mantiene su adquisición una vez inscrito su derecho, aunque después se anule, rescinda, cancele o resuelva el del otorgante por virtud de causas que no consten en los asientos registrales y los títulos archivados que lo sustentan.
La buena fe del tercero se presume mientras no se pruebe que conocía la inexactitud del registro.

Leer el texto completo aqui: Modificación hoy 2015-03-26.

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