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martes, 3 de marzo de 2015

JUECES SERÁN RESPONSABLES POR PRESCRIPCIÓN INDEBIDA DE PROCESOS. PODER JUDICIAL DICTA MEDIDAS PARA CONTROL DE PLAZOS PROCESALES.

Con el objetivo de priorizar la tramitación y agilizar el procesamiento de los expedientes penales sobre delitos que estén próximos a prescribir, el Poder Judicial ha dictado algunas medidas para que los jueces den un efectivo seguimiento a dichos procesos y, de ser el caso, precise suficientemente las razones por las cuales se dicte la prescripción penal.
Todo órgano jurisdiccional que declare la prescripción de la acción penal deberá precisar en su resolución, en una línea de tiempo, las incidencias y actuaciones procesales que motivaron la dilación. Así también, las razones por las cuales se haya llegado a esta situación.
En ese sentido, corresponderá a los órganos de control respectivos, determinar la responsabilidad de los jueces que declaren la prescripción indebida de los procesos penales y, de ser el caso, activen los mecanismos necesarios de control administrativo o funcional que correspondan.
Así lo estableció el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en la Resolución Administrativa N° 013-2015-CE-PJ, en el marco de las políticas de gestión dispuestas por el actual presidente del PJ, Víctor Ticona Postigo, para lograr un eficaz funcionamiento del sistema judicial y evitar posibles actos de corrupción.
Para ello se ha dispuesto que se proceda a implementar un mecanismo de alerta dentro del Sistema Integrado Judicial (SIJ), que identifique y advierta a los jueces sobre los expedientes penales referidos a delitos próximos a prescribir, con el fin de que se dé prioridad al juzgamiento y tramitación de dichos casos.

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