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NOTICIAS HOY 19/01/2015
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JUECES Y AUXILIARES JURISDICCIONALES GOZARÁN DE SUS VACACIONES JUDICIALES CORRESPONDIENTES AL PRESENTE AÑO, DESDE EL 1 DE FEBRERO AL 2 DE MARZO, SIN AFECTAR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Por disposición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (PJ), durante ese mes de vacaciones funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia designados por los presidentes de las cortes superiores del país.
Estos órganos de administración de justicia seguirán conociendo los procesos a su cargo, y atenderán las materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones.
MATERIAS
Así, durante las vacaciones judiciales los órganos jurisdiccionales de emergencia atenderán los hábeas corpus que se presenten, calificarán denuncias con detenidos y tramitarán libertades.
Conocerán también las apelaciones de mandato de detención, y tramitarán procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones.
EN MATERIA CIVIL, conocerán acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso.
A su vez, se encargarán de las consignaciones de alimentos, autorizaciones de viaje a menores, así como de los casos de violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores que se presenten.
EN LA ESPECIALIDAD DE FAMILIA serán también competentes para tramitar medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotaciones de demandas, visitas reguladas por el equipo multidisciplinario, tenencias provisionales y ampliaciones de régimen de visitas.
Podrán tramitar, además, consignaciones laborales y conocerán todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia contencioso administrativo, constitucional y previsional u otras que estimen convenientes.
CORTE SUPERIOR DE LIMA
En el distrito judicial de Lima, por disposición de su presidente, se conformaron una sala penal de vacaciones y dos salas mixtas de vacaciones como órganos jurisdiccionales de emergencia. Se estableció una lista de juzgados civiles, comerciales, contencioso administrativos, constitucionales, de familia, laborales, penales, de tránsito y de paz letrados que funcionarán durante las vacaciones judiciales.
CORTE SUPREMA
Durante el período vacacional, en la Corte Suprema, la Sala Penal Permanente atenderá los expedientes a su cargo y las situaciones de emergencia que se presenten en la Sala Penal Transitoria.
Una mesa de partes recibirá asuntos civiles, penales y de derecho constitucional y social.
El presidente de la Corte Suprema determinará el rol de vacaciones de los órganos de apoyo administrativo del supremo tribunal.
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