NOTICIAS DE DERECHO

lunes, 26 de enero de 2015

GARANTIZAN RESPETO A LA COSA JUZGADA. PARA APLICACIÓN DE RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

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NOTICIAS HOY 26/01/2015

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SE PRONUNCIA EN AUTO QUE DECLARA IMPROCEDENTES PEDIDOS DE ACLARACIÓN Y NULIDAD.
La aplicación de las resoluciones que adquieren la calidad de cosa juzgada es garantizada por el Tribunal Constitucional (TC).
A criterio de este colegiado, el artículo 139, inciso 2 de la Constitución, establece el principio de que no deben dejarse sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada.
Bajo esa premisa, mediante un auto correspondiente al Expediente N° 02880-2013-PHC/TC, declaró improcedente un pedido de nulidad de sentencia con calidad de cosa juzgada y otro de aclaración de esta en el marco del proceso de habeas corpus.
FUNDAMENTO
Conforme al artículo 121 del Código Procesal Constitucional, las resoluciones emitidas por el citado tribunal no pueden ser objeto de impugnaciones.
No obstante, se prevé la posibilidad de que el TC, de oficio o a instancia de parte, pueda aclarar algún concepto o subsanar cualquier error material u omisión en que hubiese incurrido.
Ante ello, un procurador público solicitó la aclaración de un fallo de dicho tribunal, argumentando una supuesta incongruencia interna entre la motivación de este y la sentencia expedida por el colegiado.
Pedido que por esta argumentación fue considerado por el TC como una impugnación a su decisión, ya con carácter definitivo. En tanto que también se presentó un pedido de nulidad de esa misma sentencia, que por ser definitiva adquirió la calidad de cosa juzgada.
El TC declaró improcedentes ambos pedidos formulados a instancia de parte.
LEGITIMIDAD
En opinión de los magistrados del TC Eloy Espinosa-Saldaña Barrera y Marianella Ledesma Narváez, cuando se evidencie un error material en una sentencia de este organismo constitucional, independientemente del nomen iuris utilizado por los recurrentes al plantear sus pedidos de aclaración o nulidad de ese fallo, se debe procederse a enmendar dicho error con el propósito de garantizar la legitimidad constitucional de sus decisiones.
TUTELA
A juicio del magistrado del TC, Carlos Ramos Núñez, las resoluciones que han adquirido la calidad de cosa juzgada están especialmente tuteladas por el ordenamiento constitucional.
“Ello obedece principalmente al anhelo de garantizar la certeza y la seguridad jurídica, que se verían sensiblemente afectadas si es que propiciáramos que se prive de tal efecto a una sentencia definitiva a partir de cualquier tipo de consideraciones.”
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