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NOTICIAS HOY06/02/2015
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LA MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE LA NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO QUE REGULAN LA PRUEBA, LA CONCILIACIÓN Y LA CASACIÓN PROPUSO EL PRESIDENTE DE LA SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA, JAVIER ARÉVALO VELA.
Ello con el objetivo de corregir los defectos de esta ley detectados durante los años de su aplicación en varios distritos judiciales.
ACTUACIÓN PROBATORIA
Las pruebas en el marco del nuevo modelo de proceso laboral se actúan utilizando técnicas de litigación oral, fundamentalmente el interrogatorio, contrainterrogatorio, objeciones y la introducción de documentos, detalló el juez supremo.
Sin embargo, sostuvo que las normas de la nueva ley adjetiva sobre esta forma de actuación probatoria no son claras.
Ante los vacíos normativos que esta tiene se establece incluso la aplicación supletoria del Código Procesal Civil, que no está diseñado para sistemas de litigación oral, agregó.
Indicó, además, que varios jueces desconocen el desarrollo de la actuación probatoria en los sistemas de litigación oral por falta de capacitación.
Por ello, consideró necesario que se precisen las normas sobre la actuación de las pruebas en el marco de la litigación oral.
OTROS CAMBIOS
El magistrado sugirió también modificar las normas que regulan la conciliación en el nuevo esquema procesal laboral, para facilitar la utilización de este medio de solución de conflictos y el normal desarrollo de las audiencias orales.
En materia de casación, indicó que la regulación de la nueva ley adjetiva es muy pobre, confusa y debe reformularse totalmente para que este recurso sea auténtico y deje de ser una suerte de híbrido.
“No se permite, por ejemplo, interponer el recurso de casación contra decisiones que contravengan lo resuelto en un pleno jurisdiccional.”
Por ende, manifestó que si una sala infringe lo dispuesto en un pleno jurisdiccional el justiciable no podría interponer dicho recurso.
Consideró, además, que la nueva Ley Procesal del Trabajo fija grandes exigencias para expedir precedentes vinculantes, que deben cambiar.
Por ejemplo, se exige la presencia de todas las salas a cargo de procesos laborales para fijar precedentes, refirió.
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