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domingo, 5 de enero de 2020

Sunat: Independientes que ganen hasta S/ 3,135 mensuales no pagarán impuesto a la renta

Sunat: Independientes que ganen hasta S/ 3,135 mensuales no pagarán impuesto a la renta
Ultima disposición de SUNAT
Se ha elevado el tope de ingresos de los trabajadores independientes (rentas de 4ta. categoría) que estarán exonerados de pagar impuesto a la renta por el ejercicio 2020. ¿Qué ocurre en el caso de los trabajadores en planilla? 

Se han elevado los topes de ingresos de los trabajadores independientes (rentas de 4ta categoría) exonerados de pagar impuesto a la renta del ejercicio 2020. Esto debido al aumento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la cual pasó de S/ 4,200 en el 2019 a S/ 4,300 para este nuevo año.

Por ello, los trabajadores independientes que ganen en el 2020 hasta S/ 37,625 durante el año o S/ 3,135 al mes no pagarán el impuesto a la renta (en el 2019 el tope fue de S/ 36,750 al año o S/ 3,062 al mes).

Así lo ha establecido la Resolución N° 280-2019/SUNAT, publicada el miércoles 1 de enero de 2020 en el diario oficial El Peruano, que dispuso la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio gravable 2020.

Cabe señalar que si un trabajador independiente en un determinado mes del 2020 gana más de S/ 3,135, pero en el año proyecta una ganancia menor a S/ 37,625, también quedará libre del pago del impuesto a la renta. No obstante, deberá solicitar a la Sunat la suspensión de las retenciones por el pago a cuenta de dicho tributo.


¿Y en el caso de los trabajadores dependientes?

En el caso de los trabajadores dependientes (quinta categoría), se les exonerará del pago del impuesto a la renta siempre que perciban ingresos anuales hasta por 7 UIT.

Esto quiere decir que los trabajadores en planilla que ganen hasta S/ 30,100 anuales o S/ 2,150 mensuales (considerando 14 remuneraciones al año), no deberán pagar impuesto a la renta por el ejercicio 2020.


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