7 principales modificaciones que trae la nueva Ley de Migraciones son:
1. Establece dos tipos de calidades migratorias para los extranjeros, considerando las actividades que desarrollarán en el país: Temporal, para quienes llegan al país sin ánimo de residencia y por estancias cortas; y de Residencia, que les permite al foráneo residir en el Perú y realizar actividades por periodos de un año, renovable.
2. Facilita el ingreso y permanencia de ciudadanos extranjeros altamente calificados y el acceso a la residencia de sus familiares.
3. Favorece las actividades de voluntariado que realizan los extranjeros en el país, quienes ya no tendrán que salir de país cada 90 días para gestionar su reingreso.
4. También precisa que los extranjeros podrán acceder a un contrato de trabajo o de prestación de servicios en el sector público.
5. Protege los derechos fundamentales, en especial de las personas en situación de vulnerabilidad, y da facultades a Migraciones para la adopción de criterios para la asistencia de estas personas.
6. Establece la implementación del Registro de Información Migratoria (RIM), que fortalecerá la plataforma de interoperabilidad del Estado (intercambio electrónico de datos entre entidades del Estado para implementar servicios en línea) y coadyuvará a la seguridad internacional.
7. Dispone que el extranjero que incurra en causal de expulsión, abandone el territorio nacional con un impedimento de reingreso hasta por un plazo de 15 años. Además, deberán realizar el pago de la multa respectiva, por ejemplo, aquellos extranjeros que dañen el patrimonio nacional.
La norma entrará en vigencia el 1 de marzo de 2017 y deroga a la Ley de Extranjería (Decreto Legislativo N° 703) y su modificatoria; así como el Decreto Legislativo N° 1236, que era la anterior Ley de Migraciones. Vínculos a esta publicación
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